Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 76, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia; y de Estudios Legislativos
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Sinopsis
Propone establecer que es facultad del Senado de la República la aprobación de renuncias y licencias de las personas ministras y magistradas del Órgano de Administración Judicial, del Tribunal de Disciplina Judicial y del Tribunal Electoral; establecer que la obligatoriedad de las sentencias de la Corte para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de entidades federativas requiere la publicación de una tesis; incorporar como requisito indispensable para ministras, ministros, magistraturas y personas juzgadoras la certificación de competencias vigente emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial, eliminando la exigencia de promedios académicos específicos; ajustar el procedimiento de integración de candidaturas eliminando los Comités de cada uno de los Poderes de la Unión y creando un Comité Único de Evaluación. Asimismo, se eliminan requisitos documentales que no constituyen parámetros objetivos de evaluación y se adecúa la convocatoria para permitir mayor preparación técnica del proceso, a través de exámenes de conocimientos; actualizar el procedimiento de cobertura de vacantes; establecer que cada dos años se renueve la presidencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, entre sus integrantes, sin posibilidad de reelección para el periodo inmediato posterior; establecer que la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial renueve su presidencia por elección de sus integrantes, sin posibilidad de reelección para el periodo inmediato posterior; y, por otro lado para garantizar la continuidad y estabilidad operativa mediante la renovación escalonada de los integrantes del Órgano de Administración Judicial y, al mismo tiempo, establecer como requisito que sus integrantes cuenten con una antigüedad mínima de diez años de título profesional y una experiencia comprobada de al menos cinco años dentro del Poder Judicial; armonizar el proceso de certificación en el ámbito local y establecer mecanismos de coordinación con la Escuela Nacional para la certificación y evaluación de desempeño y eliminar referencias que vinculan la elección judicial al calendario electoral federal ordinario, con el propósito de evitar su concurrencia y postergar el siguiente proceso al año 2028, otorgando tiempo suficiente para diseñar, implementar y consolidar el sistema de certificación técnica.
Estas modificaciones tienen el objetivo de evitar la concurrencia de elecciones judiciales con procesos electorales políticos, fin de garantizar mayor deliberación pública, proteger la independencia judicial y permitir una organización electoral más ordenada y robusta; fortalecer la calidad técnica de la función jurisdiccional, incorporando como requisito constitucional la acreditación de una certificación de competencias emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial (ENFJ); establecer criterios objetivos y homogéneos de evaluación, eliminando requisitos formales que no necesariamente reflejan competencias sustantivas, tales como promedios académicos específicos o documentación subjetiva, y sustituyéndolos por mecanismos de evaluación técnica estandarizada; Aprovechar el papel de la ENFJ como instancia especializada en formación, evaluación y certificación del personal judicial, en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 100 constitucional; Despolitizar la elección judicial, dando mayor preponderancia al Instituto Nacional Electoral en el proceso electoral; armonizar el modelo federal y local, incorporar disposiciones que permitan replicar el esquema de certificación en las entidades federativas y en la Ciudad de México y Dotar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Órgano de Administración de Justicia Federal de mecanismos que les permitan gestionar las cargas de trabajo y las ausencias de titulares jurisdiccionales de manera más eficiente.

